SEBI cambia las reglas sobre los valores impagos de los clientes para facilitar las operaciones de los corredores


El regulador de los mercados de capitales, SEBI, ha cambiado las reglas sobre cómo los corredores de bolsa manejan los valores de los clientes que no han sido pagados en su totalidad, con el objetivo de alinear las prácticas del mercado con el sistema de pago directo y reducir las dificultades operativas para los corredores.

Los cambios se producen tras las representaciones del Foro de Estándares de la Industria de Corredores, que pidió enmiendas para reflejar las condiciones regulatorias y de mercado actuales. SEBI dijo que esta decisión se tomó para mejorar la facilidad para hacer negocios para los corredores y la inversión para los clientes.

Según el marco revisado, para las operaciones no cubiertas por el servicio de negociación de margen, los valores impagos se acreditarán directamente en la cuenta demat del cliente. A partir de entonces, se creará una prenda automática a favor de una cuenta separada abierta por el miembro comercial, denominada “Cuenta de Prenda de Valores No Pagados del Cliente” o CUSPA. La prenda indicará el motivo como “impago” y no requerirá instrucciones específicas por parte del cliente.

El corredor también deberá informar al cliente a través de correo electrónico o SMS sobre la obligación de pago pendiente y el derecho a vender los valores si el cliente no realiza el pago. SEBI ha pedido a los miembros comerciales que formulen una política clara para el manejo de dichos valores impagos. Esta política debe explicar el procedimiento, motivos, forma y oportunidad de emisión o ejecución de la prenda de valores y liquidación. Se deberá conceder al cliente un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de pago para cumplir con la obligación de pago.

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SEBI también ha aclarado que dichos valores impagos pignorados con CUSPA del corredor pueden considerarse para informar el cobro del margen del cliente a la corporación de compensación, pero el corredor no puede ofrecer una nueva exposición al cliente en base a estos valores. Esto significa que los valores pueden admitir informes de márgenes, pero no pueden usarse para permitir límites comerciales adicionales.

La circular también detalla cómo deben emitirse los valores pignorados adicionales. Los corredores deben verificar diariamente el valor de los valores pignorados en función del saldo del libro mayor del cliente, la obligación de margen u otros factores especificados por las bolsas. Si el valor prometido excede el monto permitido, el corredor debe emitir valores adicionales antes del siguiente día de negociación.

Si el cliente no realiza el pago dentro del plazo estipulado, el corredor puede ejecutar y vender los valores impagos previa notificación adecuada. Las ventas del mercado se realizarán utilizando el código único de cliente del cliente. Cualquier fondo adicional restante después de liquidar la responsabilidad del Cliente debe acreditarse en la cuenta del Cliente.

Una medida clave de protección de los inversores es la disposición de liberación automática. Si la prenda no se aplica ni se libera dentro de los cinco días hábiles posteriores al pago, el depositario liberará automáticamente la prenda al final del sexto día hábil. Los valores se convertirán entonces en saldo libre en la cuenta demat del cliente sin ningún problema.

SEBI también ha prohibido a los corredores seguir prometiendo o transfiriendo valores prometidos en virtud de CUSPA a bancos o prestamistas no bancarios para recaudar fondos. En casos excepcionales, como acciones de circuito inferior con solo vendedores, suspensión de la negociación, suspensión debido a vigilancia u otras razones legítimas reconocidas por las instituciones de infraestructura del mercado, el corredor puede solicitar una extensión de la prenda por una semana calendario adicional.

Se ha pedido a las bolsas de valores que emitan directrices operativas en un plazo de 30 días. La mayoría de las disposiciones modificadas entrarán en vigor tres meses después de la fecha de dichas directrices, mientras que las disposiciones sobre la extensión de la prenda en casos excepcionales entrarán en vigor seis meses después de la fecha de la circular.

(Descargo de responsabilidad: las recomendaciones, sugerencias, puntos de vista y opiniones de los expertos son propios. No representan los puntos de vista de The Economic Times)



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